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jueves, 25 de septiembre de 2008

CONTRA LA POLÍTICA URIBISTA, LUCHA DEMOCRÁTICA DE MASAS

Organización Colombiana de Estudiantes, Bogotá septiembre de 2008

La OCE, Organización Colombiana de Estudiantes, es una organización de masas que ha ejercido una lucha democrática y civilista en contra de las políticas privatizadoras impuestas por el gobierno de Álvaro Uribe Vélez que, en cumplimiento de los designios del capital financiero, convierte la educación en una vulgar mercancía.

Ante la crisis de la educación superior derivada del desmonte de la financiación estatal, la violación de la autonomía universitaria, el deterioro de la calidad y el continuo recorte de los derechos democráticos de estudiantes, trabajadores y profesores, es necesario unirnos en torno a un programa que defienda la universidad pública.

La actual campaña de macartismo contra el movimiento universitario y estudiantil, forma parte de la intentona del gobierno de Uribe Vélez por militarizar la vida universitaria y recortar aún más los derechos democráticos en el alma mater.

Reivindicamos el derecho del estudiantado a resistir la política uribista recurriendo a métodos enmarcados en la lucha civil y democrática. Por lo tanto, no compartimos las formas de resistencia que se salgan de estos límites. Sólo la organización y la movilización del conjunto de los estamentos universitarios permitirán que alcancemos el objetivo de defender una educación pública, científica y al servicio del interés nacional.

LOS ESTUDIANTES APOYAMOS A LOS TRABAJADORES DE LA RAMA JUDICIAL EN LA DEFENSA DE SU INDEPENDENCIA Y GARANTÍAS LABORALES

Organización Colombiana de Estudiantes y Grupos Estudiantiles Confederados, Bogotá 19 de Septiembre de 2008.

La Organización Colombiana de Estudiantes, OCE, y los Grupos Estudiantiles Confederados, GEC, nos sumamos a la valerosa y patriótica lucha que adelantan los trabajadores de la rama judicial. Los jueces y auxiliares se han visto obligados a lanzarse al paro en el marco de la resistencia contra las políticas neoliberales implantadas en fiel cumplimiento de los designios del capital trasnacional.

Son innegables las precarias condiciones en las que se encuentra la justicia colombiana por la desatención del gobierno nacional, empeñado en atropellar no solo el bienestar de quienes hacen posible la administración de justicia, sino también su independencia. La justicia ha sido uno de los sectores más afectados por los recortes presupuestales: procesos interminables por la sobrecarga laboral, infraestructura inadecuada para el servicio, nimios recursos para una investigación que garantice el esclarecimiento de la verdad, denigrantes condiciones laborales en donde la inestabilidad laboral es la regla general y salarios que no compensan las eternas jornadas a las que son sometidos los jueces y demás servidores públicos.

Los estudiantes le exigimos al Gobierno nacional pronta solución a las justas peticiones de los servidores, comenzando por el respeto a la independencia de la justicia y a las libertades democráticas de sus funcionarios. Hacemos un llamado a la unidad en defensa de los derechos de los trabajadores colombianos, quienes han sido atropellados por un Gobierno con mano dura para el pueblo y corazón grande para las trasnacionales.

jueves, 21 de agosto de 2008

¿LA RE-REELECCIÓN TAMBIÉN INCLUYE A LOS “URIBITOS”?

Aurelio Suárez Montoya, La Tarde, Pereira, 19 de agosto de 2008

Después de la entrega a la Registraduría de cinco y medio millones de firmas por parte del Comité Promotor del Referendo para modificar la Constitución hacia la reelección presidencial por más de un periodo consecutivo (o sea indefinidamente), muchos – con sobrada razón- se preguntan por las implicaciones que en términos del balance de poderes podrá tener esa reforma; de las secuelas para la aplicación de las más mínimas normas que soportan la “democracia” y de la vigencia plena de los derechos fundamentales de los ciudadanos en un esquema de poder que se asimila a la tiranía.

La tiranía es definida desde la República de Platón como el gobierno de una sola persona y que -como dice Sócrates- está acompañada de “aduladores y hacen todo lo posible por servirles. Y si algo necesitan, ellos mismos se arrastran a los pies de quien sea y se atreven a cubrir todas las apariencias en calidad de parientes”. ¿No es eso lo que en Colombia se agrupa bajo el común denominador de “uribitos”?. Quienes, por ejemplo, asumieron el cabildeo, según acusaciones de los propios inculpados por cohecho, en el episodio de la primera reelección; o quienes, desatendiendo los sectores económicos y sociales a su cargo con innumerables dificultades, se abrazan a temas ajenos a ellos para suplir al Principal; o quienes en el área de las obras públicas se han dedicado a crear una plutocracia de contratistas, validos de toda clase de ventajas contractuales, mientras el resto de las vías se derrumba y el transporte se desenvuelve en el caos. De esto surge una pregunta obvia. ¿ También se trata de re-reelegir a los uribitos”?

¿Después del 2010 estarán vigentes los “uribitos” que han hecho desastres en las áreas de bienestar social a su cargo? ¿Los que reestructuraron los hospitales a punta de tomas militares y de la fuerza pública? ¿También quienes han tornado en tragedia social el pago mismo de los aportes que los ciudadanos deben hacer para gozar de un mínimo de protección en salud? ¿Veremos indefinidamente en sus cargos a quienes -“de cara al país”- no se sonrojan para falsear frente a un cuestionamiento cierto y recurrir a toda clase de patrañas verbales para salir de apuros momentáneos?

¿Seguirán reinando en Colombia los “uribitos” que se pueden dar el lujo de desoír por más de tres semanas a los camioneros, sin importarles los costos que ello traiga a la población, simplemente por ejercitar un “pulso” que reitere sus poderes omnímodos? ¿Hasta cuándo esos “uribitos”, que a los peajes los llaman “sociales” y obligatorios, en tanto justifican los más de $1,8 billones recién entregados a un puñado de concesionarios, mediante prórrogas y adiciones a sus jugosos contratos, por tratarse de “proyectos estratégicos?

¿Continuarán los “uribitos”, que sin consideración alguna y de manera abusiva, se toman por horas los canales oficiales de televisión para denigrar de los lecheros, para ofender a los sectores sociales que están por fuera de su interés de “formalizar” la cadena láctea, de confundir y de mentir sin escrúpulos, para imponer sus decretos aunque en el país no exista todavía la infraestructura industrial suficiente para absorber los volúmenes de leche que se entregarán a un oligopolio?¿ Sobrevivirán esos funcionarios cuando, por falta de oferta, los colombianos han tenido que pagar un 12% más en un año por los alimentos?¿ Se re-reelegirán los “uribitos” que han lanzado a su suerte a medio millón de familias productoras de café, que transan su producto a pérdida?¿ Se impondrán, aunque sus tesis de “sembrar uchuva por trigo” hayan sido derrotadas por la crisis alimenticia de cereales y oleaginosas?

Mientras el Referendo avanza con el silencio cómplice de su primer beneficiario y las propuestas reformatorias de la Justicia y de la Política, adecuándolas a los contextos tiránicos, se aprueban a “pupitrazo”, incluyendo el voto de los que se librarán de cargos a través de ellas, hay que pensar que la re-reelección no sólo será la del Tirano, ese “protector, a quien se procura alimentar y hacer poderoso”, sino, ante todo, la implantación de un modo de gobierno, el de “los uribitos”.

miércoles, 16 de julio de 2008

EL NUEVO ESTATUTO ESTUDIANTIL PROFUNDIZA EL PROCESO DE PRIVATIZACIÓN DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

Organización Colombiana de Estudiantes, OCE, Universidad Nacional de Colombia, Bogotá, 9 de Julio de 2008

1. Contexto internacional de la educación superior

El Acuerdo 008 del 15 de abril de 2008, “Por el cual se adopta el Estatuto Estudiantil de la Universidad Nacional de Colombia en sus disposiciones académicas”, comprueba que también en el principal claustro del país la educación se mercantilizó, porque pasó de ser un derecho a convertirse en un negocio.

En él han irrumpido nuevos agentes, principalmente las trasnacionales de la educación superior y las universidades corporativas, que han afianzado su poder en aquellos países que han suscrito tratados de libre comercio. Estas firmas han venido desplazando a las instituciones tradicionales. Actúan como auténticas empresas, mediante ventajas tributarias y reformas legales efectuadas por los Estados, que les permiten prestar su servicio bajo la denominación jurídica del ánimo de lucro, acumulando ganancias año tras año, incrementando su patrimonio e invirtiendo en diferentes actividades.

El nuevo estatuto modifica las relaciones de los estudiantes con la universidad adecuándola a las necesidades del mercado. Prueba de ello, el sistema de créditos. También optó por dicha modalidad la Universidad del Valle de México, una institución privada de educación superior que conforma la red del Laureate Internacional Universities, una de las transnacionales más grandes del mundo: “A la fecha son 17 los países que pertenecen a la Red y 27 Universidades e Institutos de Educación Superior, y más de 240 mil alumnos.”

Al consultar el estatuto estudiantil que rige las relaciones entre la universidad y los aspirantes a licenciatura de dicha universidad, el plan de estudios se integra de la siguiente forma en su área profesional: “Principios de la persona 6 créditos, Desarrollo comunitario 4 créditos, Formación profesional, cultura y arte 4 créditos, Desarrollo emprendedor 6 créditos.” El sistema de créditos establecido por el Acuerdo 008 de 2008 propicia la autofinanciación, homologa los contenidos curriculares y hace de la educación un negocio.

Se permitirá ahora la evaluación de tipo virtual. Este método parece no suscitar mayor polémica, ya que se presenta en las clases demasiado numerosas, como las de la cátedra Jorge Eliécer Gaitán. Sin embargo, es otro paso en el sentido de hacer de la educación una mercancía, porque el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la OMC indica que una de las formas de suministro de servicios es la de tipo virtual. Tanto las multinacionales como las universidades corporativas ofrecen paquetes de tipo virtual, bajo las denominadas Tecnologías de la Información y la Comunicación, TIC, aplicadas en la enseñanza del inglés y en la formación para el trabajo propio de la globalización. Logran así sustituir la educación presencial estatal, con todos los aspectos que esto implica: campus universitario, profesores de tiempo completo y de dedicación exclusiva, personal administrativo.

2. Relación con la llamada Revolución Educativa

La Constitución de 1991 prescribe que “El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación” , lo que invita al Estado a eludir la responsabilidad que tiene de suministrarla de manera gratuita, obligatoria y universal. Con esta y otras disposiciones se abrió el camino a la privatización de la universidad pública mediante un proceso consistente en ir disminuyéndole el presupuesto oficial para obligarla a incrementar los recursos propios. Como un primer paso, el gobierno se tomó los cuerpos colegiados que dirigen las universidades. El nuevo estatuto estudiantil profundiza la arremetida, en este caso contra los estudiantes, el estamento más numeroso de la universidad.La llamada Revolución Educativa impulsada por el gobierno de Álvaro Uribe Vélez se refleja en el nuevo estatuto estudiantil de la Universidad Nacional. Como presidente del Consejo Superior Universitario funge el viceministro de Educación Superior, Gabriel Burgos, quien ha suscrito el Acuerdo 033 de 2007, que fija los lineamientos básicos de los programas curriculares de la Universidad Nacional y el Acuerdo 008 de 2008, que reforma el estatuto estudiantil en sus disposiciones académicas. Burgos firmará las reformas ulteriores hasta que se cambie el actual modelo de gobierno universitario. La filosofía uribista está expuesta con claridad meridiana en el Documento Visión Colombia 2019, texto elaborado para el bicentenario de la Independencia. Allí se expresa: “La visión 2019 concibe una economía cimentada en la producción, difusión y uso del conocimiento como base de la productividad y la competitividad internacional, lo que impone retos adicionales al sistema educativo, que debe formar egresados en la cantidad y con la calidad suficiente para responder a las necesidades de una economía en crecimiento. Estos desarrollos hacen necesario, (… ) la preparación de profesionales, técnicos, tecnólogos y personal calificado que demandará el sector productivo como resultado de la dinamización de los sectores de la economía conectados con mercados externos.” Esto se traduce en que la educación superior y la universidad pública deben formar estudiantes para el mercado y contribuir a resolver los problemas de mano de obra de los sectores de la producción ligados con el sector externo de la economía, en especial, multinacionales y monopolios que exportan e importan materias primas y productos tropicales y que explotan los recursos naturales de nuestro territorio como el carbón, el petróleo, el oro y el gas. De esta manera, la universidad pública renuncia a enseñar los altos contenidos científicos, condiciona los currículos de las distintas carreras a las necesidades de los sectores monopólicos controlados por el capital financiero y se declara impotente para efectuar cualquier innovación en el campo del conocimiento científico. En dos palabras, una educación pobre para un país pobre y, para colmo, al servicio de potencias extranjeras, en particular de Estados Unidos.

Se refleja una clara concordancia entre lo aprobado en el Acuerdo 033 del 26 de noviembre de 2007 y el Acuerdo 008 de 2008. En dicho acuerdo, el Consejo Superior implanta el sistema de créditos académicos y define que el contenido de los currículos debe elaborarse con base en las “competencias generales” y en las “habilidades y destrezas”, términos con los que se hace alusión a un tipo de educación basada en la enseñanza de las herramientas para el aprendizaje, no en los altos contenidos científicos de las diversas áreas del conocimiento. El Acuerdo introduce la figura de las áreas curriculares y permite a los estudiantes optar por una doble titulación. Indica además, en las consideraciones del proyecto de acuerdo por el cual se reforman las disposiciones de bienestar, cultura universitaria y resolución de conflictos “que en el Acuerdo 033 de 2007 el Consejo Superior Universitario aprobó los lineamientos para alcanzar una reforma académica en la Universidad Nacional de Colombia.” Esta es otra prueba de la estrecha relación que guarda la denominada reforma académica con el nuevo estatuto, reforma similar a la planteada en su momento por Marco Palacios con el Acuerdo 037 de 2005, que reducía la duración de las carreras, establecía las áreas comunes e instauraba las competencias como el elemento indispensable para conformar los programas de las carreras.

3. Ausencia de democracia y de autonomía universitaria

Con el Acuerdo 011 del 2005, el gobierno ha logrado conformar en el Consejo Superior de la Universidad Nacional una mayoría que aprueba todas las reformas que desea acometer. Al menos cinco miembros con voz y voto son elegidos directa o indirectamente por el presidente de la República, más el rector, quien previamente ha sido ungido con la bendición oficial para dirigir los destinos de la Universidad conforme a sus intereses. Esto explica el fondo de las declaraciones del presidente Álvaro Uribe Vélez el pasado 21 de mayo: “Las decisiones se toman autónomamente en los consejos superiores, especialmente en la Universidad Nacional”. Defiende este organismo porque lo controla plenamente.

Bastante ilustrativo resulta que en ninguna parte del nuevo estatuto, tanto el aprobado como el que falta por aprobar, existe un solo capítulo, artículo o inciso que haga mención a la autonomía universitaria. Este es un principio histórico de la democracia burguesa, según el cual, son los estudiantes y profesores los que delimitan los contenidos de los programas académicos. La autonomía pone la administración al servicio de la academia y no la academia al servicio de la administración. E implica que el gobierno de la universidad debe estar constituido por los principales estamentos que la componen: los estudiantes y los profesores. En este escenario, el gobierno sólo tiene dos obligaciones frente a la universidad: dotarla de suficiente presupuesto y brindarle todas las garantías, derechos y libertades para que desarrolle su actividad.

El nuevo estatuto hace nugatoria la democracia en la Universidad Nacional. El Acuerdo 008 y el borrador elaborado para sustituir lo relativo a la parte disciplinaria revisten de facultades a los cuerpos directivos para regular aspectos pendientes de normatividad ante la vigencia de un nuevo reglamento estudiantil. Ahonda así la naturaleza antidemocrática del gobierno de la universidad poniéndole la impronta autoritaria, sello del uribismo. También queda facultado el Consejo Académico para regular lo relativo a la doble titulación, a los grados, al aplazamiento de la matrícula y a los traslados. El Consejo Superior Universitario está autorizado para disponer todo lo referente a las admisiones especiales de la universidad. Y la Dirección Nacional de Admisiones, a las de los antiguos alumnos.

El proyecto referente a bienestar, cultura universitaria y resolución de conflictos profundiza el recorte de las libertades y derechos democráticos. Introduce toda una serie de enunciados relativos a la “tolerancia” y a la “responsabilidad en el manejo de los bienes mobiliarios e inmobiliarios de la universidad”, para descargar a renglón seguido un régimen sancionatorio absolutamente represivo, cuyo único propósito es contener las protestas estudiantiles.

La reforma se ha impuesto vulnerando los derechos y libertades de la comunidad universitaria. Los cuerpos directivos desatendieron la solicitud que proponía aplazarla y desconoció que tanto por el Comité de Representantes Estudiantiles como el Comité de Representantes Profesorales rechazaron el nuevo estatuto estudiantil. En forma mendaz, no obstante, el Acuerdo 008 de 2008 afirma en las consideraciones “que se dio cumplimiento al trámite estatutario” de consultar a los estamentos, calificó de “falta de técnica” la consulta efectuada por casi 12.000 estudiantes y consideró “ilegítimas” la comisión nacional de negociación y las comisiones de negociación por sedes, tanto en su conformación como en las propuestas planteadas para saldar la crisis. Las protestas estudiantiles fueron ampliamente reprimidas. Y para completar el cuadro, el presidente de la República sentenció: “La orden que se le impartió ayer a la Policía es que judicialicen, cuanto antes, a esos bandidos que están haciendo daño en la Universidad Nacional.” Afirmación propia de un funcionario que sólo conoce el Estado de Derecho para violentarlo.

4. El trasfondo económico

Las disposiciones recientemente aprobadas están en concordancia con las necesidades de autofinanciación que le ha impuesto el gobierno a la universidad pública. El presupuesto ha disminuido conforme aumenta la cantidad de estudiantes. Según Jorge Enrique Robledo “Las transferencias del gobierno a las universidades públicas llevan más de una década congeladas. Pero ello no ha sido óbice para que se les haya impuesto aumentar los estudiantes, en particular entre 2002 y 2006, cuando crecieron en 58% y disminuyó el aporte del Ministerio de Educación por alumno en 39% en términos reales.” La cobertura aumenta sin haber suficiente presupuesto, lo que afecta de manera palmaria la calidad de la educación.

En la Universidad Nacional se ha presentado un incremento desmedido de los recursos propios a efectos de suplir el desajuste presupuestal. Aurelio Suárez explicó en detalle la tendencia de este fenómeno: “Para 2008, el 43% del presupuesto, que es de 955.000 millones, se cubrirá con recursos propios “por concepto de la venta de bienes, servicios académicos y de la extensión universitaria”. Con ello cubrirá el 90% de la inversión, el Estado sólo responde por el 80% de los gastos de funcionamiento y el 95% de las pensiones. Con esa distribución, cualquier progreso dependerá de la universidad misma; el gobierno central se excluyó. En el año 2000, por cada peso que el Estado entregaba, la Universidad colocaba 30 centavos, en 2007 ya pone 82. Entre 2000 y 2007, las transferencias del Presupuesto Nacional crecieron, en pesos reales, el 17%, los recursos generados por la Universidad lo hicieron en más del 300%.”

A esa tendencia es importante sumarle la nueva deuda creada por el artículo 38 del Plan de Desarrollo 2006-2010 para las universidades del orden nacional mediante la concurrencia para el pago del pasivo pensiona. Según Juan Carlos Martínez, representante estudiantil al Consejo Superior de la Universidad de Caldas, en la Ley 1169 de 2007, que aprobó el presupuesto nacional de la República, el valor del pasivo asciende a cerca del 20% de total de los recursos transferidos por el Estado al patrimonio de la Universidad Nacional. De los cerca de 500.000 millones que destina el Estado, cerca de 100.000 millones estarían comprometidos con este rubro.

Por estos motivos es que ni del nuevo ni del antiguo reglamento estudiantil tampoco irradia el principio de gratuidad. En el acápite referido a la matrícula del Acuerdo 008 se establece como requisito para ser estudiante “pagar los costos establecidos por la universidad” . Con ello garantiza la norma los recursos propios que ingresan al patrimonio de la universidad como consecuencia del pago de las matrículas. La misma característica es la expuesta en lo referente a las distinciones y estímulos académicos, porque la exención de pago hace parte del capítulo. Debería ser extraño a una universidad pública contemplar como estímulo la exención de pago, puesto que si la educación es gratuita o la matrícula muy baja, tal premio no constituiría ningún tipo de reconocimiento al esfuerzo personal realizado.

En aras de incrementar los recursos propios se establece el sistema de créditos. Se opta ahora por cobrar, ya no por matrículas, sino por los créditos consumidos por el estudiante dentro del proceso educativo. Se puede llegar al absurdo de que el estudiante sólo estudie las materias que su capacidad de pago le permita y no aquellas que su nivel cognoscitivo le imponga aprender. Si bien dicha iniciativa no se encuentra enunciada expresamente en el nuevo estatuto, el sistema de créditos entraña de por sí este riesgo, inquietud que tampoco ha sido respondida por la administración de la universidad.

5. El sistema de créditos académicos

Los créditos académicos son una herramienta empleada para medir el tiempo que requiere el desarrollo de cada asignatura. Existen en el mundo diversos mecanismos que cumplen con ese fin, pero en la Universidad Nacional se ha optado por este. Desde una perspectiva conceptual, el sistema parece no despertar mayor polémica. El asunto se complica cuando se estudian a profundidad las distintas normas. El mecanismo viene definido por el Decreto 2566 de 2003, proferido por el presidente Álvaro Uribe y por la ministra de Educación Nacional, Cecilia María Vélez. Como se ve, fue producto de otra imposición gubernamental y no de decisiones democráticas.

El decreto prescribe las “condiciones mínimas de calidad” que deben tener los programas académicos de educación superior. Afirma: “Justificación del programa.- La justificación del programa deberá tener en cuenta los siguientes criterios: a) La pertinencia del programa en el marco de un contexto globalizado, en función de las necesidades reales de formación en el país y en la región donde se va a desarrollar el programa.” Es el mismo criterio expuesto en el Documento Visión Colombia 2019. Los contenidos de la educación superior quedan circunscritos únicamente a aquellos que benefician al sector externo de la economía, privilegiado cada vez más por los múltiples acuerdos de libre comercio, y en particular por el TLC suscrito entre EU y Colombia.

Los créditos apuntan a homogenizar los contenidos de la educación superior –las competencias académicas, laborales y ciudadanas, a fin de unificar el pensamiento en aras de una formación para el mercado. El Plan de Desarrollo 2006-2010 enuncia: “En el nivel superior, se iniciará la implementación de los estándares de competencias, los cuales se evaluarán a través de los ECAES.” El examen de ECAES será el instrumento para certificar la adecuada modificación de los currículos a favor de la economía del atraso. El origen de esta política se encuentra en los documentos del Banco Mundial, la Unesco y el BID, organismos que le trazan el rumbo a la educación superior en función del mercado, de las multinacionales y de la mano de obra barata que estas requieren.

¿Cuánto será el total de créditos que tendrá un estudiante en la Universidad Nacional? La respuesta guarda relación directa con lo dispuesto por la Reforma Académica. Para carreras cuya duración sea de 16 semanas, la mayoría, pueden ser cerca de ciento treinta (130) créditos, más el cupo adicional que establece el estatuto estudiantil, que “será la mitad del mínimo que contempla el plan de estudios al que fue admitido y hasta un máximo de ochenta (80) créditos”. A estos es necesario sumarle doce (12) créditos, relativos al idioma extranjero que sea necesario en el respectivo plan de estudios. Esto daría un total de doscientos veintidós (222) créditos, siempre y cuando el estudiante no requiera cursos nivelatorios según el examen de admisión. En esa cantidad de créditos ¿será posible ver los contenidos básicos de las distintas carreras? ¿No será acaso necesario reducirles la duración para alcanzar a introducir los contenidos dentro de los créditos permitidos? Ninguno de estos interrogantes ha sido despejado por la administración o el gobierno.

La característica adicional del nuevo sistema de créditos es que se adopta bajo la denominación del “cupo de créditos”. Con este ingrediente se limita la permanencia académica de los estudiantes, que al acabarse el cupo, pierden la calidad de tales. Los doscientos veintidós (222) créditos componen el cupo de créditos e irradian la casi totalidad del nuevo estatuto en sus disposiciones académicas: Rige el proceso de inscripción de las asignaturas y lo relativo a la cancelación de las mismas. Están en la programación académica de la universidad y se encuentran presentes en homologaciones, convalidaciones, equivalencias, traslados, rendimiento académico, pérdida de la calidad de estudiante, doble titulación y grado. El nuevo método obliga a intentar por todos los medios preservar su cupo de créditos a fin de mantener la matrícula en la universidad y a crear una jerarquía de materias cuya importancia estará definida por una mayor o menor cantidad de créditos, de tal manera que habrá materias de primer y segundo grado y profesores de primera o segunda categoría.

Un aspecto que embrolla todavía más el sistema es que las materias cursadas y las que faltan por cursar no se encuentran convertidas a créditos. No existe un proyecto concreto en las distintas facultades o programas que explique la manera como quedarán organizadas las carreras. La comunidad académica padece hoy una gran incertidumbre sobre lo que ha cursado en la universidad y lo que aún le resta. La tarea le ha sido encomendada por lo pronto a las facultades según lo dispone el Acuerdo 033, pero resulta irresponsable que se obligue a toda la universidad a cambiar su devenir académico sin que exista certeza sobre el proyecto que regirá en el futuro.

El sistema, aducen sus apologistas, facilitará la movilidad internacional de los estudiantes. Pero si tal era el objetivo, no se necesitaba adoptar el sistema de créditos, pues el Comité Asesor de Carrera resolvía lo referente a homologaciones, equivalencias y convalidaciones. Los estudiantes iban de un lugar a otro sin inconveniente siempre que hubiera un convenio entre las universidades para hacer dicho intercambio, acción que tampoco requiere del sistema de créditos.

La doble titulación es otra argucia de la administración al momento de difundir los beneficios del nuevo estatuto. Lo primero es precisar que bajo el actual régimen se permite la doble titulación, aunque a quienes busquen un segundo título se les cobra la matrícula más cara de la universidad. El nuevo estatuto permite al parecer que los estudiantes hagan dos carreras, pero los requisitos impuestos cierran prácticamente todas las puertas. No se estipula en ninguna parte que no se cobrará el puntaje máximo. Además, la segunda carrera deberá cursarse con el remanente del cupo de crédito de la primera, salvo que el estudiante tenga un PAPA superior o igual a 4,3, bastante difícil. Tampoco se permitirán reservas adicionales de cupo. Ya que en los postgrados las matrículas se vienen asemejando a las de una universidad privada, en esta instancia no se permitirá la doble titulación.

Por lo demás en este asunto es evidente la necesidad de reducir la duración de las carreras, eliminando la especificidad de cada una de ellas. Para que una buena parte del estudiantado pueda optar por la doble titulación será necesario que una cantidad determinada de materias sean afines o comunes entre varias carreras, de tal manera que los créditos restantes del cupo alcancen al momento de aspirar a la segunda carrera. Esta es la razón de ser de las denominadas “áreas curriculares” enunciadas en el 033, porque agrupando programas curriculares en un “área común del conocimiento”, una materia aprobada podrá ser útil para dos o más carreras. Si se reduce la planta docente, si hay más hacinamiento en las aulas, si se deteriora la calidad académica, si se reduce en la Universidad Nacional el costo por estudiante, si se elimina paulatinamente la especificidad de las carreras, todo sea por el nuevo país que el Mesías está legando a las nuevas generaciones.

6. Promedio Aritmético Ponderado Acumulado

Las reformas que se efectúan en las distintas universidades siempre deben tender a mejorar la calidad de la universidad. Además de lo expuesto con relación a la privatización y a la adecuación de la universidad al mercado, en el Acuerdo 008 se incluye el Promedio Aritmético Ponderado Acumulado, un mecanismo que tiene en cuenta “las calificaciones definitivas de todas las asignaturas cursadas. Esto es, cuando una asignatura se cursa más de una vez se tendrán en cuenta las calificaciones definitivas obtenidas cada vez.”

Sus consecuencias no son menos nocivas. A todos los estudiantes de la Universidad Nacional que hayan perdido tan sólo una materia se les bajará su promedio académico. Con el PAPA, como coloquialmente se conoce, los estudiantes siguen en una lógica semejante a la impuesta por el cupo de créditos, buscando que las materias que mayor cantidad de créditos valgan sean las que ameritan una atención mayor. Además, el estudiantado estará inmerso en la necesidad de mantener un promedio académico ponderado acumulado superior a tres punto cero (3.0), porque de lo contrario pierde la calidad de estudiante. Cada uno hará un cálculo en cada semestre no en relación con las materias que deba aprobar, sino solo con las que le aumentan el PAPA. El mecanismo tampoco garantiza una mayor calidad, porque dichos cálculos, al no estar fundados en una percepción científica del conocimiento, terminan promoviendo la mediocridad.

El PAPA también afecta los reingresos. El Acuerdo 101 de 1977 permitía reingresar a la universidad cuando el alumno había sufrido alguna calamidad doméstica o padecía cualquier problema personal que lo obligara a interrumpir los estudios. El nuevo estatuto permite el reingreso una sola vez y sólo a quienes presenten un promedio aritmético ponderado acumulado superior o igual a 2.7, lo que desconoce la realidad socioeconómica de una buena parte del estudiantado y olvida que los asuntos personales de los estudiantes eventualmente pueden afectar el desempeño académico, al punto de forzar la pérdida del período académico.

7. Conclusiones

El nuevo estatuto estudiantil refleja el criterio neoliberal prevaleciente hoy en Colombia y en el mundo, que hace de la educación superior una mercancía. Se adoptan unos programas que obedecen a las necesidades de las multinacionales y de las universidades corporativas, el nuevo derrotero que les traza el imperialismo a los países signatarios de tratados de libre comercio.

El estatuto impone una estructura profundamente antidemocrática de gobierno universitario, que excluye a los principales estamentos de la universidad y deja los cuerpos colegiados como un mero apéndice del gobierno del presidente Álvaro Uribe Vélez, cuya Revolución Educativa consiste en aumentar la cobertura sin incrementar proporcionalmente los recursos provenientes del Estado y en recortar de sistemáticamente las libertades y derechos democráticos.

Es imperativo agrupar mayor fuerza en la resistencia civil contra la reforma universitaria. Para ello debemos propiciar un amplio proceso pedagógico sobre las nefastas implicaciones del nuevo estatuto estudiantil de la Universidad Nacional y un estudio a fondo de las reformas en cierne, buscando atraer a la mayor cantidad de sectores de los distintos estamentos a fin de frenar la ofensiva contra la universidad pública. El movimiento universitario debe hacer oír su voz en defensa de una educación nacional, científica y al servicio del pueblo.

miércoles, 11 de junio de 2008

LA DIETA POPULAR, SIN PAPA, SIN ARROZ, SIN PAN Y, MUY PRONTO…SIN LECHE

Aurelio Suárez Montoya, La Tarde, Pereira, junio 10 de 2008

En 2007 el valor de una carga de papa de 8 arrobas estuvo en $12.000. Este precio, debido a una sobreoferta causada por abundancia de siembras, llevó a la quiebra a muchos productores. Para 2008, fue al contrario: en enero la carga ya se cotizaba a $80.000 y para mayo ha superado $170.000. La escasez ocasionó que la libra al público, que en enero de 2008 valía $700, se venda en mayo a $1.000.

La causa de tanto desequilibrio tiene que ver con la política agrícola, que ha dejado que la “mano invisible” del mercado actúe en los distintos ciclos. En unos conduce a la ruina a los productores y, en otros, debido a la insuficiencia, propicia un encarecimiento para el consumidor. Estas fases se han vuelto más agudas y la presente coincidió con la ola alcista de los alimentos y de los insumos agrícolas. La papa está desaparecida de tiendas y graneros, donde se compran el 50% de los víveres, porque destinar capital para surtirla significa para los comerciantes suprimir la oferta de otros bienes y se está reemplazando por la yuca.

El kilo de arroz que en enero se vendió a $ 1.350 en mayo llegó cerca de $2.000. Esta subida también está relacionada con la política agrícola. Siendo, junto con la papa, un género en el que Colombia es prácticamente autosuficiente, la elevación de los precios se explica por los altos costos de producción. En 2008, producir una hectárea de arroz en el Llano, cuesta casi cuatro millones de pesos, lo que hace que una tonelada valga $700.000, cuando en 2006 costaba $520.000 y $560.000 en 2007. El incremento está en los fertilizantes y en el valor de la tierra. Dejar “operar al mercado” para insumos, sin fuerte control estatal, aleja cada vez más el arroz de la mesa de los pobres, el cereal que más ingieren.

El pan de 100 y el de 200 se evaporaron de las panaderías. Aunque el trigo es sólo el 15% del valor de fabricación de una pieza, el aumento de la cotización internacional hizo la hazaña. En Colombia se importa trigo desde la década de los cincuentas del siglo pasado; inicialmente con créditos subsidiados por Estados Unidos y, más tarde, cuando se extinguió el grueso de la producción nacional, el suministro se dejó en manos del “mercado global”. Entre 2000 y 2008, la tonelada importada ha pasado de 120 a más de 250 dólares. El trigo, en valor, es ahora el séptimo renglón de importación de Colombia y sigue subiendo.
Como si lo anterior no bastara, el gobierno, evadiendo su obligación con la sanidad de la leche -desde el potrero hasta la cocina- la ha abandonado en manos de productores, procesadores y consumidores. Su gestión sanitaria en ese campo la redujo a un decreto, dictado por las normas de la OMC, que, sin medir impactos económicos y sociales, prohibió desde el 24 de agosto de 2008 “el comercio de leche cruda y leche cruda enfriada para el consumo humano”, refiriéndose a la que se expende para ser hervida en los hogares. Miles de productores rurales que no entregan el líquido a las pasteurizadoras, estarán excluidos de dicha actividad, tanto como el comercio que se lo compra y distribuye y como muchas industrias lácteas que deberán supeditarse para la provisión de materia prima de quienes impondrán un predominio aún mayor en este sector. Los consumidores, la mayoría de bajos ingresos, pasarán de pagar $900 o $1.000 por un litro a más de $1.800 por una bolsa de 900 CC. Tres de cada diez litros se adquieren como “leche en cantina” y en Bogotá son más de 350.000 diarios, una porción atractiva para el oligopolio industrial lácteo que verá subir sus ventas en más de un millón de dólares por día, disfrutando de la supresión de la “cadena popular”.

La falta en la mesa de papa, arroz, pan y leche en muchas familias colombianas está ligada con la política agrícola. Hacer de las importaciones el principal instrumento de abastecimiento de cereales, oleaginosas y alimentos básicos, la eliminación del sistema de precios internos de sustentación estables por la adopción de los precios “de mercado” como referencia principal, la supresión del control eficaz de los costos de los insumos, la imposición de normas sanitarias inconsultas con la realidad productiva nacional y, a contramano, la concentración de apoyos y crédito en las cadenas exportadoras y en los grandes “empresarios” están en la raíz de la carestía que sufrimos. Una inseguridad alimentaria propia de una gestión ministerial que pregona que “es mejor la uchuva que el trigo”, que promueve yerros como su proyecto Carimagua y que, ante la evidencia, recurre a intimidar a quienes lo controvierten o a quienes presentan cifras que no le son convenientes por develar su fracaso. Urge una corrección inmediata.
In memoriam: Por Augusto Cano J., conspicuo profesor universitario de centenares de ingenieros eléctricos de Colombia, quien no cambió jamás sus principios éticos y políticos. Para él un perenne reconocimiento.

LAS ELECCIONES DE LOS CONSEJOS LOCALES DE JUVENTUD: UNA OPORTUNIDAD DE ORGANIZARCE Y RESISTIR

Organización Colombiana de Estudiantes OCE, Bogotá, Junio de 2008

Durante los últimos 18 años en Bogotá, se ha venido aplicando el modelo neoliberal inicuo y excluyente que profundiza las desigualdades. Un claro ejemplo, es que el 85% de los Bogotanos pertenece a los estratos 1, 2 y 3. Más de un millón de personas, entre ellos muchísimos jóvenes, tiene que caminar a diario porque no tienen con que pagar el pasaje, y 500.000 familias carecen de vivienda.

La situación de los jóvenes no es más alentadora: 53% viven debajo de la línea de pobreza, un porcentaje mayor que el promedio en América Latina, y el 13% en condiciones de miseria absoluta. En materia educativa, en Bogotá por cada educador oficial hay 40 estudiantes, fomentando el hacinamiento en las aulas e instalaciones locativas, la calidad de la educación y la sobrecarga laboral de los docentes. El Distrito ha dejado buena parte de la educación en manos privadas, de una demanda total de 1´630.000 cupos en 2006, ofreció 965.000, de los cuales casi 200.000 están en colegios en concesión, o privados con convenio. Si estos últimos se suman a la educación no oficial, los particulares todavía controlan el 51% de la educación básica en Bogotá. En cuanto a los jóvenes trabajadores en Bogotá, de 1.2 millones, el 38% no asiste a ningún centro educativo y más del 5% enfrenta el mercado laboral en condiciones de analfabetismo. Teniendo como consecuencia una mala remuneración, que muchas veces no llega a una cuarta parte del salario mínimo, con el argumento de la falta de experiencia laboral.

Por lo anterior la Organización Colombiana de Estudiantes, OCE, en su programa propone denunciar las políticas neoliberales que nos hunden en esta situación, luchar por la defensa y la educación públicas, combatir las privatizaciones, incentivar y fortalecer los procesos de movilización juvenil, velar por las garantías de los gobiernos estudiantiles, representantes y personeros, y por los derechos civiles de los jóvenes y los niños, promover y apoyar procesos de organización juvenil, y consolidar movimientos juveniles por la soberanía nacional y la democracia.

En la medida en que los jóvenes se han movilizado contra las políticas del actual gobierno de Uribe como el recorte a las trasferencias del Presupuesto Nacional a las regiones para salud, educación y saneamiento básico, contra el TLC o contra las que quieren imponer los contenidos académicos, que están incluidas en el Plan de Desarrollo, se les quiere criminalizar y el propio Presidente ha amenazado con hacer ingresar la bota militar a la Universidad y ha tratado al estudiantado como “bandidaje”. Esto exige agitar en toda instancia la defensa de la Democracia para que los jóvenes de manera libre puedan expresarse. La Organización Colombiana de Estudiantes, OCE, no desconoce que lo que esta aconteciendo en Colombia y en la educación obedece al acondicionamiento del país a ser una colonia de Estados Unidos, lo cual es, en ultimas, el principal propósito del régimen uribista. En este proceso electoral, la OCE refrendará su decisión de contender por la Soberanía Nacional, único medio por el cual podemos construir un país donde primen los intereses de los colombianos y las colombianas, y de forjar un futuro prospero y seguro para la juventud.

Es por esto que hacemos extensiva nuestra invitación a participar en los consejos de juventud, son estos un espacio asesor y consultor de la política distrital para los Jóvenes que permite gestionar y adelantar planes concernientes a esta población. El proceso de elección de los nuevos consejos de las localidades, inició con la inscripción de votantes que culmina el 30 de junio y las elecciones se realizarán el 26 de septiembre. Los lugares de inscripción y votación están definidos por las alcaldías locales, y sólo se requiere el documento de identidad para hacerlo. La Organización Colombiana de Estudiantes -OCE- participará con sus propios candidatos en estas elecciones, motivada especialmente por la grave situación que vive la mayoría de los habitantes de Bogotá y que también involucra a la juventud.

sábado, 31 de mayo de 2008

UNA EDUCACIÓN MEDIOCRE PARA UN PAÍS MEDIOCRE

Jorge Enrique Robledo, Senador PDA, Bogotá, 30 de mayo de 2008.

Las transferencias del gobierno a las universidades públicas llevan más de una década congeladas. Pero ello no ha sido óbice para que se les haya impuesto aumentar los estudiantes, en particular entre 2002 y 2006, cuando crecieron en 58% y disminuyó el aporte del Ministerio de Educación por alumno en 39% en términos reales. ¿Cómo han compaginado una política calculada para presentarse como generosa a la hora de cobrar políticamente la ampliación de los cupos con lo cicatera que es a la hora de financiarla?

Primero, con mayores cobros a los estudiantes, incluso a costa de excluir a las mayorías que no pueden pagarlos. El ejemplo clásico es el de los posgrados de las universidades públicas, con matrículas bastante más caras que las de sus pregrados, similares a las de las instituciones privadas. También se ha impuesto la llamada “venta de servicios”, en muchos casos con vulgares negocios sin ningún valor académico y auspiciando entre los profesores el desdén por las verdaderas necesidades de la universidad y del país, a cambio de pagarles más como contratistas. Y en especial, atentando contra la calidad de la educación, como lo ilustra el caso de la Universidad de Caldas, el cual se repite en las demás. Allí los estudiantes aumentaron en 11.727 entre 2003 y 2007, un 35%, pero los docentes solo se incrementaron 12%, y para peor, sobre la base de cero por ciento de los de tiempo completo y 65% de los catedráticos, quienes, como se sabe, no pueden ser el pilar de una educación de buena calidad.

Aunque resulte obvio, para que la educación sea factor de progreso debe ser de alta calidad, pues lo que desarrolla no son los títulos que se obtienen sino los conocimientos que se alcanzan. En consecuencia, la defensa de la educación pública obedece a que el Estado es el único capaz de educar gratuitamente, con los millones de cupos suficientes en cada tipo y nivel –para que por falta de plata no se excluya a nadie que tenga capacidades– y, hay que remarcarlo, de alta calidad, la cual es muy costosa de lograr. El problema con la educación privada, además de que puede negar la libertad de cátedra, es que solo puede ofrecer buena calidad con matrículas muy altas, las mismas que apenas pueden pagar unos cuantos. Muy mediocres tienen que ser las políticas de calidad educativa, en un país lleno de pobres, donde la educación pública está cada vez peor financiada y las universidades y los colegios privados tienen el 50 y el 30 por ciento, respectivamente, del total de los estudiantes.

Que la mediocridad de la educación es la línea del gobierno de Álvaro Uribe lo confirmó Marco Palacio, su primer rector en la Universidad Nacional de Colombia, quien impulsó una reforma para adecuarla al “libre comercio” insistiendo en su privatización: no incremento de los aportes oficiales, costos prohibitivos para los pobres, venta de servicios, fines perversos para el sistema de créditos, aumento de los profesores de cátedra, nuevo reglamento estudiantil y menos años de los pregrados, propuesta que justificó con la siguiente barbaridad: “Quizás estemos ‘enseñando demasiado’, entregado un profesional que supera los requerimientos del mercado” (http://www.senadorrobledo.org/?q=node/2000015818).

La baja calidad de la educación se corresponde con el aparato productivo mediocre y el pensamiento único que el “libre comercio” le impone a Colombia. Porque si al país lo van a especializar en la producción de materias primas agrarias y mineras y en industrias maquiladoras de escaso nivel tecnológico, si las trasnacionales se van a quedar con las principales empresas y, como se sabe, estas no desarrollan sus necesidades científicas aquí y si hay que repetir como loros lo que digan en Washington, ¿para qué educación de alto nivel? A los pocos nativos encargados de administrar la dominación les bastarán las universidades norteamericanas.

Tiene toda la razón el científico Rodolfo Llinás cuando afirma: “El nivel de educación en Colombia es más bajo de lo que debiera ser (…) Oigo con frecuencia ‘estamos mejorando paulatinamente’ y eso no es verdad, nos estamos quedando atrás comparativamente” (Lecturas El Tiempo, junio de 2008)

Así intenten ocultarlo, es a este desastre al que con razón se oponen los estudiantes de la Universidad Nacional de Colombia y del resto del país.

miércoles, 28 de mayo de 2008

CORTE DECLARA INCONSTITUCIONALIDAD PARCIAL DEL ARTÍCULO 38 DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO

Declaración de la Representación Estudiantil, Universidad de Caldas, Organización Colombiana de Estudiantes, OCE, mayo 27 de 2008.

El 29 de mayo se conmemora un año del inicio de la Huelga Nacional Universitaria contra el Plan Nacional de Desarrollo. En el curso del movimiento, la Universidad de Caldas fue invadida por el Esmad en la madrugada del 5 de junio, que causó lesiones a numerosos estudiantes y serios daños a las instalaciones, además de vulnerar descaradamente la autonomía universitaria.

Coincidente con el aniversario de la Huelga, la Corte Constitucional acaba de informar a la opinión pública que mediante sentencia C-507 de 2008, con ponencia del magistrado Jaime Córdoba Triviño, se declaró la inconstitucionalidad parcial del artículo 38 de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo, que obliga a las universidades del orden nacional a participar en el pago de los pasivos pensionales. Para información de la comunidad universitaria, transcribimos la totalidad del artículo aprobado en la Ley 1151 de 2007 (Plan Nacional de Desarrollo) y subrayamos la parte declarada inconstitucional:

“Artículo 38. Saneamiento del pasivo pensional de las universidades estatales del orden nacional. La Nación y las universidades estatales del orden nacional concurrirán al saneamiento del pasivo pensional de dichas entidades en los términos establecidos en el artículo 131 de la ley 100 de 1993. Las sumas que se hayan transferido por parte de la Nación con las cuales haya sido atendido pasivo pensional de dichas universidades a partir de la fecha de corte prevista en el artículo 131 de la ley 100 de 1993, se tendrán en cuenta como pago parcial de la concurrencia a cargo de la Nación de acuerdo a la reglamentación que para el efecto se establezca.

Parágrafo: La concurrencia prevista en el artículo 131 de la ley 100 de 1993 respecto de las universidades territoriales se aplicará también en aquellos eventos en los cuales el pasivo pensional se encuentre a cargo de las cajas de previsión territoriales o quienes la hubieran sustituido”.

La Corte, pese a que determinó que no viola la Carta la obligación impuesta por el artículo 38 de la Ley del Plan de Desarrollo 2006-2010 a las universidades estatales de concurrir con sus recursos para el pago del pasivo pensional, "resaltó que esa concurrencia debe ser en un grado que no afecte el proceso educativo y la autonomía de estos centros educativos para definir y llevar a cabo los programas y proyectos a desarrollar, ni el derecho de las personas a acceder a una educación pública superior de calidad". Fue así como la primera parte del artículo 38 pasó el examen constitucional.

La Corte dijo, sin embargo, que "la norma no establece los porcentajes de concurrencia, tampoco define la base sobre la cual deben calcularse dichos porcentajes, ni establece con claridad el período que debe ser tenido en cuenta para definir dicha base, aspectos que tampoco fueron objeto de debate en el Congreso”. Estableció además la Corte que "la remisión que se hace al artículo 131 de la Ley 100 de 1993 no permite precisar los factores conforme a los cuales se debe llevar a cabo la concurrencia en el saneamiento del pasivo pensional de las universidades estatales, determinación que corresponde efectuar al legislador”. En este sentido, la parte que subrayamos del artículo 38 fue declarada inconstitucional. Se le quita de esta manera la competencia al gobierno nacional para reglamentar los criterios de la concurrencia y se le asigna esta función al Congreso de la República.

Cabe resaltar la posición del magistrado Jaime Araújo Rentaría, quien dejó un salvamento de voto parcial por considerar que la totalidad del artículo 38 era inconstitucional, por las mismas razones que encontraron contrario a la Constitución el resto de la norma. Tal posición demuestra un respaldo jurídico a la tesis de quienes hemos sostenido que es la nación la que debe asumir el cien por ciento del pasivo pensional. Significa esta declaratoria de la Corte Constitucional un avance en las reivindicaciones del Movimiento Nacional Universitario, que debe ahora presionar al Congreso de la República, pero, por sobre todo, continuar la lucha por la viabilidad financiera de las universidades y contra las pretensiones privatizadoras del gobierno de Álvaro Uribe Vélez.

El pronunciamiento de la Corte Constitucional, es a su vez la respuesta a las acciones legales que, sumadas a las enormes movilizaciones, ha interpuesto el Movimiento Nacional Universitario dentro de su agenda de lucha en defensa de la universidad pública. Destacamos de igual modo el escenario que se abre para continuar defendiendo la universidad y recordamos que son 456 mil millones de pesos de pasivo pensional en la Universidad de Caldas y cerca de 5 billones en la Universidad Nacional de Colombia, sumas que de no ser asumidas por el gobierno nacional, conducirían a nuestras universidades a la quiebra, liquidación y posterior privatización. Llamamos a la comunidad universitaria a analizar este nuevo escenario y a consolidar las formas organizativas como herramienta insustituible en la lucha por la defensa de nuestras universidades.

Fraternalmente,

Juan Carlos Martínez Botero
Catalina Triana Navas

Representantes Estudiantiles al Consejo Superior Académico

LA POLÍTICA DE URIBE VÉLEZ ES LA CAUSA DE LA CRISIS EN LA UNIVERSIDAD NACIONAL

Informativo Resistencia Civil N° 5. Organización Colombiana de Estudiantes, -OCE-, Bogotá, mayo de 2008

En la Universidad Nacional, Uribe Vélez impone al menos a cinco de los ocho representantes con voz y voto en el Consejo Superior Universitario para que sean ejecutores de su política antinacional, y el rector, señor Moisés Wasserman, también es fiel a sus propósitos, en tanto que profesores y estudiantes sólo cuentan con un representante.

Resulta antidemocrático que sean minoritarios los dos principales estamentos que componen la universidad. No son en el aire las declaraciones que dio Uribe sobre el movimiento universitario al afirmar, para hacerle juego al chantaje de la cancelación del semestre formulada por Wasserman: “Las decisiones se toman autónomamente en los consejos superiores, especialmente en la Universidad Nacional”. A través de esos organismos de bolsillo, el gobierno nacional introduce todas las reformas que los organismos multilaterales de crédito le reclaman. La verdadera autonomía universitaria consiste en que los profesores y los estudiantes gobiernen la universidad y definan el contenido de los programas de cada una de las carreras.

Para profundizar esa política Uribe necesita acallar a quienes claman por derogar el Acuerdo 008. De ahí que dijera: “La orden que se le impartió ayer a la Policía (20 de mayo) es que judicialicen, cuanto antes, a esos bandidos que están haciendo daño en la Universidad Nacional”. Se ha vuelto una constante: a mayor privatización, mayor represión.

La política de Revolución Educativa de Uribe Vélez ha profundizado en la educación superior el proceso privatizador. A las distintas modalidades de asfixia presupuestal a las que ha sometido a las universidades, se suma una perspectiva académica nociva para el desarrollo de la ciencia y el conocimiento, con la cual se busca preparar la mano de obra a las necesidades de las multinacionales y de los monopolios nacionales y propiciar un “ambiente favorable para la inversión extranjera”. En suma, se pretende mercantilizar la educación superior. Los dos elementos se encuentran al orden del día en la discusión sobre el nuevo Estatuto Estudiantil.

El documento Visión Colombia 2019 establece las características que, a juicio del uribismo, deben tener la sociedad y la educación para el Bicentenario de la Independencia: “La visión 2019 concibe una economía cimentada en la producción, difusión y uso del conocimiento como base de la productividad y la competitividad internacional, lo que impone retos adicionales al sistema educativo, que debe formar egresados en la cantidad y con la calidad suficiente para responder a las necesidades de una economía en crecimiento. Estos desarrollos hacen necesario (…) la preparación de profesionales, técnicos, tecnólogos y personal calificado que demandará el sector productivo como resultado de la dinamización de los sectores de la economía conectados con mercados externos.” Si la economía se va a enfocar hacia el mercado externo como producto de los acuerdos comerciales con EU y la Unión Europea, la educación debe ponerse al servicio de esos intereses.

El Decreto 2566 del 2003 define las condiciones mínimas de calidad que deben tener los programas académicos. Además de señalar que la “justificación de los programas considerará la pertinencia de los mismos al contexto globalizado”, obliga a las universidades a adoptar el sistema de créditos académicos. Con ellos, el neoliberalismo se asegura tres objetivos: cobrar por créditos y no por matrícula, mercantilizar la educación superior e imponer las competencias académicas, laborales y ciudadanas en la universidad. Las disposiciones referidas al cupo de créditos en el Estatuto Estudiantil y la adopción de los créditos académicos en la Reforma Académica son una injerencia directa del gobierno en los asuntos de la Universidad Nacional de Colombia y benefician el modelo privatizador.

Invitamos a la comunidad universitaria a preservar la unidad bajo el firme propósito de derogar el Acuerdo 008 y a exigir la convocatoria a un plebiscito derogatorio del mismo, para que defendamos una educación nacional, científica y al servicio del pueblo.

Contàctenos:
oceunal@gmail.com

sábado, 24 de mayo de 2008

QUE SE ATIENDAN LAS JUSTAS PETICIONES DE LOS ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL, EXIGE EL SENADOR ROBLEDO

El senador Jorge Enrique Robledo rechazó la negativa del gobierno y el rector de la Universidad Nacional, Moisés Wassermann, a atender las justas peticiones del movimiento estudiantil, cuyo origen son las inconsultas medidas académicas que la rectoría se empeña en imponer. El paro tiene por fin rechazar el Acuerdo 033 de 2008, que continúa con la antidemocrática reforma académica iniciada por el rector Marco Palacio y que él mismo resumió con la frase “Quizás estemos ‘enseñando demasiado’, entregando un profesional que supera los requerimientos del mercado”.

La reforma utiliza el sistema de créditos con turbio propósito de reducir los contenidos y la duración de las carreras, para adecuar la Universidad a la privatización de la educación pública y al “libre comercio” que se implanta en contra de los colombianos. El senador del Polo Democrático Alternativo denunció que no ha sido consultada con los distintos estamentos de la Universidad.

Razón tiene El Tiempo (May.22.08) –concluyó el senador del Polo Democrático– cuando dice que la “reforma al estatuto estudiantil cambiará la vida académica de 47 mil estudiantes que tiene la Universidad Nacional.” Y lo hará en forma negativa, pues los estudiantes de hoy y del futuro, de mantenerse vigente la reforma, tendrán una Universidad Nacional cada vez más alejada de la meta de impartir una educación de altísima calidad, a la cual tenga acceso toda la sociedad y que imparta un conocimiento científico al servicio del progreso nacional.

jueves, 22 de mayo de 2008

DECLARACIÓN DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

Asamblea Nacional Universidad Nacional,Bogota 18 de Mayo de 2008

Delegaciones de las cuatro sedes de la Universidad Nacional, reunidas en la sede de Bogotá el 17 y 18 de mayo de 2008, discutimos sobre la situación actual del movimiento universitario y adoptamos las siguientes decisiones:

1. Ratificamos el pliego nacional de la Universidad Nacional y nos mantenemos en anormalidad académica exigiendo que se derogue de inmediato el Acuerdo 008 del 15 de abril de 2008. Este acuerdo fue impuesto a la comunidad académica desatendiendo la voluntad mayoritaria, que clamaba por la construcción democrática de las reformas que tienen que ver con el futuro de la Universidad Nacional. El Acuerdo 008 profundiza la política privatizadora del gobierno de Álvaro Uribe Vélez, que bajo el nombre de la “Revolución Educativa”, busca adecuar la educación superior a las necesidades de las trasnacionales y de las universidades corporativas.

2. La propuesta que formula la Asamblea a las cuatro sedes de la Universidad Nacional y a las directivas de la universidad es la de impulsar un plebiscito derogatorio del Acuerdo 008. Es indispensable que en una universidad que se proclama democrática, las principales determinaciones sean acogidas por la mayoría de la comunidad, en un ejercicio de deliberación pública que haga conciencia en la población sobre las implicaciones concretas de cada artículo. Por ello es necesario que la respuesta que apruebe esta iniciativa sea de obligatorio cumplimiento por parte de la universidad. El plebiscito debe ser un proceso democrático que sintetice los tópicos por semestres, por facultades y por sedes para consolidar una propuesta nacional de estatuto estudiantil.

3. Proponemos realizar asambleas por facultad y asambleas generales, cuyo contenido sea: Informe de la Comisión Nacional de Negociación, Informe de la Asamblea Nacional de la Universidad Nacional y votación de cada sede.

4. Emprenderemos acciones jurídicas y de resistencia civil para hacer valer el pliego nacional. En las distintas sedes trataremos de impulsar movilizaciones y concentraciones que aglutinen a la comunidad académica e interpondremos acciones jurídicas que tiendan a revertir la decisión del CSU.

5. El martes, en la reunión del Consejo Superior Universitario, buscaremos restablecer la negociación con los directivos. La Universidad debe estar atenta a los reclamos legítimos del estudiantado, que no comparte el llamado estatuto estudiantil. Las acciones del movimiento estarán encaminadas entonces a llegar a un acuerdo con los directivos.

6. Rechazamos las declaraciones del rector Moisses Wasserman, que buscan legitimar acciones como la militarización de las sedes, la cancelación del semestre o el adelanto de las vacaciones y otras medidas represivas, muestra fehaciente de la falta de voluntad política para acoger las peticiones válidas de los estudiantes. La actitud autoritaria del rector Wasserman comprueba una vez más el temor de la administración y del gobierno de Uribe ante la fortaleza del movimiento. Las medidas represivas que está tomando Wasserman tienen un mayor costo político y social que derogar el Acuerdo 008 de 2008.

miércoles, 7 de mayo de 2008

El problema es la seguridad alimentaria nacional

Aurelio Suárez Montoya

Cuando estaba en discusión el TLC con Estados Unidos, el entonces ministro de Comercio, J. H. Botero, ahora funcionario del Banco Mundial, escribió así para validar la inicua negociación pactada: "Burkina Fasso, un país pobrísimo, cuya renta per cápita es el 11 por ciento de la nuestra, hace bien en cultivar algodón, sorgo y mijo en exceso de sus propias necesidades de consumo para comprar en el exterior los alimentos que con tanta urgencia demanda". ¿Qué dirá ahora cuando en Burkina Fasso se están dando las peores huelgas por hambrunas? En esa misma tesis neoliberal insiste el Ministerio de Agricultura al decir: "El país está blindado ante la silenciosa embestida de la crisis alimentaria de nuestro tiempo" y argumentar que la balanza comercial agrícola es positiva, que la oferta nacional cubre el 90 por ciento de la demanda y que algunos importados "no son alimentos" porque se emplean en "sustento animal". Con tales sofismas se busca ocultar la grave realidad de la inseguridad alimentaria que vive Colombia.

La crisis de la comida ya llegó. Se expresa en el alza de sus precios en 7,15 por ciento de enero a abril. La inflación total de la economía es de 4,15 por ciento, cifra en la que pesan los alimentos, ya que el gasto de los hogares en ese renglón es el 33 por ciento de su ingreso. En los últimos quince meses, las harinas subieron 23,26 por ciento, las pastas, 32,54 por ciento, el pan 16,1 por ciento y los aceites 37,95 por ciento, todo lo cual tiene que ver con que en 1990 se producían 123 kilos de cereales por habitante y en el 2007 92, con que se importe el 65 por ciento del maíz, el 95 por ciento del trigo, el 99 por ciento de la cebada; la lenteja, el garbanzo y la arveja seca y el 33 por ciento del fríjol; con que sólo se produzcan 100.000 toneladas de sorgo y 50.000 de soya y con que el PIB agropecuario crezca mucho menos que el resto de la economía.

Ante la carestía, se llama a sustituir alimentos "caros" por "baratos", a reemplazar granos, cereales y oleaginosas por tubérculos, frutas y hortalizas, cuando es menor el poder nutricional de los segundos frente a los primeros. La papa y el ñame tienen tres veces menos calorías y seis y media veces menos proteínas que el arroz, y los granos poseen hasta 32 veces más proteínas que la uchuva. La crisis también traerá subnutrición al impulsarse el consumo hacia estos bienes sustitutos, que además subirán de precio, porque su oferta no reaccionará de inmediato a los desplazamientos de la demanda, lo cual ya ha incidido en el alza del precio de la papa del 71,5 por ciento en lo corrido del 2008.

Los hechos ratifican que la seguridad alimentaria entendida como que "toda la gente, en todo momento, tiene acceso físico y económico a suficiente alimento nutricional y en forma segura, con el fin de suplir sus necesidades dietéticas y preferencias alimenticias" sólo puede garantizarse si la prioridad es la producción nacional de alimentos, lo que es todavía más viable en países con posibilidades tanto para variedades tropicales como de clima templado, como es Colombia. Estados Unidos, desde la Ley Agrícola de 1933, definió como objeto "mantener precios razonables y estables de productos agrícolas a los consumidores, proveer una oferta adecuada de los frutos agrícolas para las necesidades domésticas y foráneas" y esto lo hace al costo que sea necesario, relevando los alimentos básicos y la fibra para vestuario.

Sectores afines al Gobierno están adoptando al respecto posiciones diferentes a las oficiales. "Es hora de que el Gobierno se concentre en el tema y trace un plan de mediano y largo plazo para garantizar la seguridad alimentaria en el país" (Revista Dinero) o que "para producir comida -que es de lo que se trata- haría falta un remezón de la estructura agraria..." (Editorial de EL TIEMPO). Por fortuna, parece estarse gestando un consenso: construir la seguridad alimentaria nacional, como lo ordena el artículo 65 de la Constitución Política, hasta ahora desestimado, y desechar el modelo alimentario de Burkina Fasso propuesto por J. H. Botero, porfiado en la entelequia de una supuesta seguridad alimentaria "global".

Aurelio Suárez Montoya

lunes, 21 de abril de 2008

EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO DE URIBE, SOPORTE DE UNA POLÍTICA NEOLIBERAL PARA EDUCACIÓN SUPERIOR

Juan Carlos Martínez Botero, Representante Estudiantil al Consejo Superior de la Universidad de Caldas, Directivo Nacional de la Organización Colombiana de Estudiantes -OCE-

Los Planes Nacionales de Desarrollo se convirtieron, para el gobierno de Alvaro Uribe, en la gran oportunidad de profundizar la política neoliberal de privatización y desfinanciación de los Entes Autónomos Universitarios del Estado e ir allanando el camino para lo que será el escenario del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos. En primer lugar se precisaran algunos elementos normativos del Plan Nacional de Desarrollo. Posteriormente se hará alusión a las normas propuestas y aprobadas en los Planes de Desarrollo 2002-2006 y 2006-2010, para la profundización de una política regresiva en materia de educación superior.

El Plan Nacional de Desarrollo, PND, está regulado en los artículos 339 al 344 de la Constitución Política de 1991 y en una Ley Orgánica que reglamenta todo lo relacionado con su elaboración, aprobación y ejecución. El PND está compuesto por (I) una parte general y (II) un plan de inversiones públicas. En la parte general están contenidos los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el gobierno. La segunda parte contiene los presupuestos plurianuales de los principales programas y proyectos de inversión pública nacional y la especificación de los recursos financieros requeridos para su ejecución.

El Plan Nacional de Desarrollo es elaborado por el gobierno nacional, que lo presenta como proyecto de ley ante el Congreso de la República dentro de los seis meses siguiente a la iniciación del período presidencial respectivo. En un primer momento el proyecto de ley del PND es discutido por las comisiones conjuntas de asuntos económicos, que elaboran un informe, discutido posteriormente en las plenarias de la Cámara y el Senado. Si el Congreso no aprueba la parte correspondiente al Plan Nacional de Inversiones Públicas en un término de tres meses después de presentado, el gobierno lo pone en vigencia expidiendo un decreto con fuerza de Ley.

Primera arremetida

Desde su primer mandato, el gobierno de Uribe promueve una política de recortar los dineros para educación superior. Es así como en el Plan Nacional de Desarrollo de 2002-2006 se aprobó el artículo 84 que decía: “Recursos a las universidades públicas. Se mantendrán los aportes totales de la Nación al conjunto de Universidades Estatales de acuerdo con los artículos 86 y 87 de la Ley 30 de 1992. A partir de la vigencia de la presente ley, se concertará y acordará con los Rectores de las Universidades Públicas, Nacionales y Territoriales los criterios y el procedimiento de una redistribución, basada en indicadores de gestión, de un porcentaje del total de las transferencias. Dicho porcentaje no podrá exceder el doce por ciento (12%). El porcentaje restante se distribuirá conservando el esquema vigente”. Tal artículo fue reglamentado por el Decreto Nacional 3545 de 2004.

Tras la aprobación de esta medida, el movimiento nacional universitario inició una serie de actividades que llevaran a derogarla. Fue así como se realizó el Paro Nacional Universitario de abril de 2005 que, sumado a las acciones de tipo legal, llevó a la Corte Constitucional a declarar inexequible el texto subrayado –en el presente documento– del artículo 84 mediante Sentencia C-926 de 2005. Si bien esta norma, tumbada por la Corte, era una manera disfrazada de reducir los recursos a las universidades, partía de la base de mantener los aportes totales de la nación a las universidades y su impacto es menor comparado con lo que proponía el artículo 27 del Plan Nacional de Desarrollo 2006-2010, y con lo que finalmente terminó aprobado en el artículo 38 de este.

Segunda arremetida
La aprobación del Plan Nacional de Desarrollo del segundo periodo de Uribe, Ley ¿?, representa el interés privatizador de descargar la responsabilidad del pago de los pasivos pensionales en las universidades del orden nacional. Esta medida, además de causarles un gran impacto en las finanzas, plantea un escenario de elevada consecución de recursos propios, que como uno de los principales componentes impone el cobro de derechos académicos, con mayores costos de matrículas para los estudiantes. La propuesta inicial, presentada al Congreso de la República, contenía dos artículos, el 27 y el 32, convertidos en la Ley del Plan Nacional de Desarrollo en los artículos 34 y 38, el primero mutilado, para fortuna de la universidad pública, en medio del desorden que primó en la aprobación de la Ley del PND en el Congreso de la República, y el segundo aprobado tal cual lo presentó el gobierno nacional. Para dimensionar lo que representaba y representa esta propuesta de articulado, se hará mención de los dos artículos.

Como lo hemos venido denunciando, el gobierno de Uribe busca una forma de reemplazar la Ley 30 de 1992 para asignar los recursos a las universidades –según su criterio– y el proyecto de artículo 27 del PND 2006-2010 le permitía encontrarla, llevando a las universidades a situaciones de quiebra, de tal manera que se les aplique la Ley 550 de 1999, con lo que se pierde totalmente la autonomía de los entes universitarios y se acelera el proceso de privatización de los servicios y de conversión de la universidad en empresa y de la educación en mercancía. Ese artículo tal y como está planteado es un cheque en blanco para, según los criterios de Uribe, reducir brutalmente la financiación estatal a la universidad pública, pues si con el PND 2002-2006 el gobierno reducía el 12% –como máximo– los aportes de la nación, hecho ya muy grave, con el actual PND –de ser aprobado–no habría porcentaje límite de recorte en tales aportes.

El siguiente era el texto que se proponía:

“ARTÍCULO 27. Asignación de Recursos a las Universidades Públicas. Con el fin de facilitar un mayor dinamismo en la ampliación de la cobertura y el mejoramiento de la calidad y de la eficiencia del sector, el Gobierno Nacional reglamentará los ajustes a los criterios de asignación de recursos a las universidades públicas con base en los principios constitucionales de equidad y autonomía universitaria.

Las instituciones de educación superior contarán con un periodo de dos años de transición para que puedan efectuar los respectivos ajustes institucionales en sus estructuras financieras y de costos.”

Como lo dijimos en su momento, el PND “prevé en su artículo 27 facultar al gobierno nacional para “reglamentar los ajustes a los criterios de asignación de recursos a las universidades públicas”, lo que en la práctica constituye poderes absolutos al presidente de la república para que vía decreto desmonte la financiación estatal a la universidad pública. Y más adelante planteábamos: “Con el pretexto de aumentar la cobertura y eficiencia del sector de educación superior, el gobierno de Uribe busca con la aprobación de este artículo, una formula legal para disminuir el financiamiento por parte de la nación a las universidades, lo que implica el desconocimiento del artículo 86 de la ley 30 de 1992”y además establece que “Las instituciones de educación superior contarán con un periodo de transición para que puedan efectuar los respectivos ajustes institucionales en sus estructuras financieras y de costos” (Parágrafo del art. 27), es decir, tendrán necesariamente las universidades que aumentar los mecanismos de autofinanciación y transitar en el camino de la privatización de sus servicios.”[1]

El otro articulo aprobado hace referencia al pasivo pensional de las universidades, aunque sectores afectos al gobierno sostienen que es el remedio (véase La Patria, mayo 3 de 2007) a la crisis pensional. El contenido establece unos convenios de concurrencia en los que el gobierno central pone una parte del dinero para el pago del pasivo pensional y la otra le corresponde a las universidades. Cabe recordar que fue con un convenio de concurrencia como el gobierno nacional condujo a la Universidad del Atlántico a asumir un porcentaje mayor en el pago de las mesadas pensionales, pasando la universidad de un 12% al 75% y el Ministerio de Hacienda reduciendo sus aportes del 75% al 18%. Se calcula que con este convenio, entre los años 2003 a 2005 el Ministerio dejó de enviar 77 mil 316 millones de pesos, provocando el colapso financiero de la universidad, a lo que siguió la aplicación de la “Ley de quiebras” (Ley 550/99).

Así quedó el texto del artículo 38: “Saneamiento del Pasivo Pensional de las Universidades Estatales del Orden Nacional.

La Nación y las universidades estatales del orden nacional concurrirán al saneamiento del pasivo pensional de dichas entidades en los términos establecidos en el artículo 131 de la ley 100 de 1993. Las sumas que se hayan transferido por parte de la Nación con las cuales haya sido atendido pasivo pensional de dichas universidades a partir de la fecha de corte prevista en el artículo 131 de la ley 100 de 1993, se tendrán en cuenta como pago parcial de la concurrencia a cargo de la Nación de acuerdo a la reglamentación que para el efecto se establezca.

Parágrafo:
La concurrencia prevista en el artículo 131 de la ley 100 de 1993 respecto de las universidades territoriales se aplicará también en aquellos eventos en los cuales el pasivo pensional se encuentre a cargo de las cajas de previsión territoriales o quienes la hubieran sustituido.”

Queda de esta manera –con la aprobación del PND– legalizada la intención uribista de no responder por la totalidad del pasivo pensional, con lo que se asesta uno de los golpes más lesivos a la universidad pública en los últimos tiempos. Hemos de prepararnos pues los universitarios y en particular los estudiantes a asumir las consecuencias de lo aprobado en el Plan Nacional de Desarrollo, PND. Como lo muestra la experiencia de la Uniatlántico (439 empleados despedidos, cinco programas cerrados y un incremento brutal de más del 300% en las matrículas) el camino señalado para las universidades públicas es el de la aplicación de la Ley de quiebras y su consecuente pérdida de la autonomía. En este mismo sentido, la privatización y el alza de matrículas es el único remedio para equilibrar la pérdida de importantes recursos estatales y los mayores esfuerzos que deben hacer las instituciones de educación superior públicas.

La Ley de Presupuesto Extensión del Plan Nacional de Desarrollo

El gobierno nacional, en su acostumbrado método de imponer todo, no esperó ni siquiera a expedir el respectivo decreto reglamentario para regular todo el proceso de concurrencia. Así lo evidencia la aprobación de las normas del presupuesto en diciembre de 2007, donde las mayorías uribistas en el Congreso de la República con base en la propuesta del gobierno nacional y en el artículo 38 de la Ley (1151 de 2007) del Plan Nacional de Desarrollo, dividieron los recursos que le corresponden, por vía de la Ley 30 de 1992, a las universidades oficiales del orden nacional y a algunas territoriales, en recursos destinados al funcionamiento y en aportes de la nación para el pago del pasivo pensional causado.

De esta manera continúa la propuesta de atentar contra la existencia de la universidad pública, asestando un golpe al funcionamiento y al cumplimiento de los componentes misionales de las universidades, pues la cacareada concurrencia que ha afirmado el gobierno nacional no implica recursos nuevos ni recursos adicionales de los que tradicionalmente han recibido las instituciones de educación superior por parte del Estado, con lo que quedaría demostrado que el 100% de los pasivos pensionales les tocará sufragarlos a las universidades, vía consecución de recursos propios, que no son más que matrículas más altas y venta de servicios.

Queda claro también la jugada furtiva del gobierno nacional, pues mientras pone, en un acto aparente de “democracia”, a botar carreta a los rectores de las universidades en la discusión del proyecto de decreto reglamentario del artículo 38, con el cual tampoco les va bien a las universidades, al mismo tiempo hace aprobar en el Congreso de la República los porcentajes con los que concurriría, es decir, los que pondría la nación para el pago del pasivo pensional, descontándolos de los dineros con los que cumplen los aspectos misionales las universidades colombianas. Estamos entonces ante un mico colgado en la ley de presupuesto.

Como lo denunció la Asociación Sindical de Profesores Universitarios, en su reciente plenario nacional: “Para las universidades de Caldas, Cauca, Córdoba, Choco, Nacional y Tecnológica de Pereira aparece un nuevo aporte presupuestal bajo la denominación “Concurrencia Nación Pasivo Pensional” con un monto que le fue restado al de funcionamiento ocasionando perdidas en este último rubro del 12% al 28% que generara problemas en el normal funcionamiento. El Plenario denuncia: 1) el presupuesto de las universidades, en funcionamiento y en inversión, no se incremento por encima del 5.69%, IPC-2007, y exige la aplicación del art.86, ley 30/92); 2) Al abrir el rubro de Concurrencia para Pensiones se está aplicando el artículo 38 de la Ley 1151 de 2007 (Plan Nacional de Desarrollo 2006-10) sin el correspondiente Decreto Reglamentario para las universidades nacionales, lo cual nos parece una extralimitación de funciones.”

La concurrencia (donde en realidad no se pone ni un solo peso) por parte de la nación para atender el pasivo pensional de las universidades, aprobada en el presupuesto, es una triquiñuela jurídica que consiste en dividir los recursos de la Ley 30 de 1992 en dos partidas (i) recursos para funcionamiento y (II) concurrencia nación pasivo pensional. El gobierno no hace ningún aporte adicional de los que ya reciben las universidades públicas, con lo que incumple con sus obligaciones tradicionales y dejan esta responsabilidad en manos exclusivas de las universidades. Como se muestra en el cuadro anterior, la Universidad Nacional tendrá 26,23% ($122.478.280.522) de su presupuesto menos para funcionar, la de Caldas 20,71% (12.420.020.503), la de Córdoba 31,63% (21.628.783.726) sumas escandalosamente altas que comprometen seriamente la viabilidad financiera y el futuro de estos entes. Es claro que importantes proyectos se van a ver comprometidos con la destinación de estos recursos para una finalidad distinta que la que prevé la ley 30.

El artículo 38 y el proyecto de decreto reglamentario

La destinación especifica de un porcentaje de los recursos que reciben las universidades por vía de la Ley 30 de 1992, como supuesta concurrencia por parte de la nación, aprobada en la Ley de presupuesto 1169 y en el decreto de liquidación 4449 de 2007, afecta de manera grave el funcionamiento de las Instituciones públicas de educación superior, vulnerando la autonomía universitaria y desconociendo numerosos fallos de la Corte Constitucional, en especial la Sentencia C-926/05[2]. Tal medida marca la pauta de lo que será y se tiene propuesto, por parte del gobierno de Uribe, en el proyecto de decreto reglamentario del artículo 38 de la Ley del Plan Nacional de Desarrollo.

La suma de los recursos comprometidos en las seis universidades (Nacional, Caldas, Tecnológica de Pereira, Cauca, Córdoba, Chocó) para el pago de la concurrencia y descontados del presupuesto de la Ley 30, en otras palabras arrebatados al funcionamiento, equivale al 19,33% ($181.220.617.836) en promedio de los recursos de funcionamiento de estos entes. El presente escenario no es mejor que el supuestamente “concertado” proyecto de decreto reglamentario, que en los días de diciembre se dio a conocer, por parte del gobierno nacional, a los rectores de las universidades del orden nacional.

Dice la propuesta del gobierno que la nación y las universidades oficiales concurrirán, replicando lo contenido en el artículo 38, en los términos del artículo 131 de la Ley 100 de 1993. La aplicación de este artículo es tan grave que el rector de la Universidad Nacional, Moisés Wasserman, en comunicación dirigida al Presidente y a los ministros de Hacienda y Educación el 4 de diciembre de 2007, planteó. “Lo atrás expuesto evidencia que la aplicación exegética del artículo 131 de la Ley 100 de 1993 en lo que a fechas se refiere, significa para las universidades nacionales la asignación exclusiva de una responsabilidad generada por mandato de la Ley, durante los últimos 14 años contados desde la vigencia de la Ley 100 hasta la aplicación del artículo 38 de la Ley 1151 de 2007”.

No solo resulta grave la aplicación de la fecha, sino también el cálculo de la concurrencia, que se hará con base en la norma en mención. Así lo menciona el artículo 5 del proyecto: “La concurrencia en el pago del pasivo pensional a cargo de la nación y la universidad será equivalente a la participación de cada entidad en la financiación del presupuesto de la universidad, en los últimos cinco (5) años anteriores a la vigencia de la Ley 100 de 1993.” Como paliativo, que no resulta trascendente para el porcentaje que asumirían las universidades se menciona que para determinar la participación en la financiación del pasivo: “se descontaran los ingresos recibidos por la universidad por venta de servicios de investigación con destinación especifica, clasificados como otras rentas”. No hay lugar a dudas de que la cifra ilusoria del 3%, que el rector de la Universidad Nacional, jugando el papel de corifeo, argumentó en diferentes escenarios, como participación de esta institución en el pago del pasivo pensional, queda desvirtuada con la aplicación del artículo 131 de la Ley 100 de 1993, y así lo ratifica el proyecto de decreto elaborado por el gobierno nacional.

Si este fuera el escenario para el total de la concurrencia, “De acuerdo con los datos del Ministerio de Hacienda, entre 1989 y 1993 los recursos propios (en bruto) de la Universidad Nacional, que constituían su aporte al presupuesto total, equivalían aproximadamente al 17,41% del mismo y los netos, dependiendo de la forma como se calculen, fluctuarían entre el 7,83% y el 9,57%”[3]. Teniendo como referencia un pasivo pensional de tres billones de pesos, que corresponden al cálculo actuarial realizado por la misma universidad, estaríamos hablando de unas obligaciones de equivalentes a “344.520 millones de pesos (mínimo neto) a 766.040 millones de pesos (máximo bruto), dependiendo de la interpretación del artículo que se logré “negociar” con el Ministerio de Hacienda”[4].

No obstante, en este escenario que se viene planteando, las sumas de las obligaciones de la Universidad Nacional podrían aumentar si se tiene en cuenta que en el Foro realizado el 22 de junio de 2007, con la comisión rectoral designada para analizar el tema, se presentaron dos documentos sobre las pensiones de la Universidad Nacional de Colombia, uno escrito por el profesor Ricardo Bonilla de la Facultad de Ciencias Económicas, FCE, y el otro elaborado por varios profesores de la misma Facultad y adscritos al Centro de Investigaciones para el Desarrollo, CID, y presentado por el profesor Álvaro Moreno sobre las implicaciones de la concurrencia. En el primero de ellos “se indica que el pasivo pensional no estaría en la cifra mencionada por la Administración de 3 billones de pesos sino entre 4.8 y 5.2 billones de pesos”[5].

En todo caso, como lo plantearon los profesores del CID, “es claro que la solución de “concurrencia”, así sea en un porcentaje relativamente bajo, obligaría a la Universidad (Nacional) a efectuar un ajuste ya sea, aumentando los ingresos o disminuyendo los gastos, lo que afectaría el cumplimiento cabal de cualquiera de sus funciones misionales.”[6] Este es el caso de la Universidad de Caldas, cuyo pasivo pensional asciende a 456 mil 492 millones, cifra arrojada por el más reciente “Estudio actuarial del pasivo pensional”, que en el mejor escenario implicaría una concurrencia del 8% (36 mil 519 millones de pesos), o del 16% ( 77 mil 500 millones de pesos), dependiendo de cuál sea la cifra que oficialicen las directivas de la universidad, quienes han dado cifras diferentes.

Sin embargo, la participación de las universidades con un porcentaje bajo en el pago del pasivo pensional, escenario analizado inicialmente, queda desvirtuado con el artículo 4º del proyecto de decreto reglamentario, que trata de la financiación del pasivo, donde se menciona: “Para establecer el monto del pasivo pensional que será objeto de concurrencia se tendrá en cuenta el valor del cálculo actuarial del pasivo pensional legalmente reconocido, esto es, de las obligaciones legales y extralegales validamente reconocidas, que se hubiere causado hasta el 23 de diciembre de 1993”. Plantea este artículo además que “el pasivo causado después de la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, así como el valor del pasivo pensional no ajustado a la ley reconocido por la universidad en cualquier tiempo, estará a cargo de la universidad”.

Estamos pues ante dos hechos muy graves para la viabilidad financiera de las universidades del orden nacional, que se coligen del análisis del proyecto de decreto. El primero de ellos, estableciendo que la participación de la nación (y la supuesta concurrencia) en el pago del pasivo pensional, en los porcentajes ya mencionados, se hará solo por el pasivo causado hasta 1993, y el segundo, atribuyendo como responsabilidad exclusiva de las universidades, el pasivo pensional causado desde la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993 hasta la entrada en vigencia de la Ley 1151 de 2007 (Artículo 7º del proyecto de decreto). Así se descarga: El pago del pasivo pensional de un periodo de 14 años (1993-2007) y los factores extralegales reconocidos por medio de actos administrativos por los Consejos Superiores, única y exclusivamente en las universidades, con lo que se demuestra una vez más la intención del gobierno de Uribe de liquidar y privatizar la universidad pública. O de ¿dónde saldrán los recursos para atender estas obligaciones de las universidades? Si no es de las matrículas como componente principal del rubro de recursos propios de las instituciones de educación superior.

A este escenario, ya de por sí grave para las universidades del orden nacional, debe sumarse también que el proyecto de decreto dispone en su articulo 6º: “Las sumas que se hayan transferido por la nación a partir de la fecha de corte[7] prevista en el artículo 131 de la Ley 100 de 1993, con las cuales haya sido atendido el pasivo pensional de dichas universidades se tendrán en cuenta como pago parcial de la concurrencia a cargo de la nación.” Con tal disposición queda claro que las universidades no solo responderán solas por los 14 años de pasivo pensional entre 1994 y 2007, sino que su porcentaje tendrá que ser mayor en la concurrencia antes de 1993 y de 2007 en adelante, toda vez que los dineros con los que se ha pagado pensiones que salen de los recursos de la Ley 30 de 1992 se los atribuye el gobierno como pago parcial de su concurrencia. Este artículo está orientado en la misma dirección de lo aprobado en las normas de presupuesto en diciembre de 2007, donde se estipuló, como la concurrencia por parte de la nación, un porcentaje de los recursos de la Ley 30 de 1992 para el pago de pensiones. Es evidente el compromiso de los recursos misionales de las universidades en el pago de estas obligaciones, al punto que sectores universitarios que venían sosteniendo una posición distinta[8], hoy claramente reconocen: “A pesar de que se ha planteado no afectar recursos misionales de las universidades, aquí se plantea la posibilidad de que las universidades deban afectarlos”[9].

Como acertadamente lo planteó el profesor Federico Demmer Colmenares, al realizar los comentarios al documento de la comisión rectoral encargada de analizar el problema del pasivo pensional de la Universidad Nacional, enmarcando la política del gobierno nacional para la universidad pública en una política económica de corte neoliberal: “Del análisis queda claro que la política del gobierno va encaminada a desmontar el sector de la educación superior pública con dos objetivos fundamentales: primero, quitarle al gobierno la responsabilidad social de mantener un sistema de educación superior pública y entonces ahorrarse esa plata y, segundo, entregarle al sector privado la totalidad del “mercado” de la educación superior, que se “distorsiona” con la presencia de unas universidades públicas de alta calidad con costos de matrícula 80% inferiores a las universidades privadas.”[10]

Ante un nuevo atentado de semejantes magnitudes, que materializa la aspiración neoliberal de asestarle un golpe definitivo a las más importantes universidades públicas del país, no queda alternativa distinta que la de levantar el mayor movimiento de carácter patriótico, que una a la mayor cantidad de colombianos, lógicamente incluidos estudiantes, profesores y demás estamentos universitarios, en el propósito de salvaguardar la universidad pública como una universidad al servicio del desarrollo nacional, donde se imparta lo más elevado del conocimiento y donde se garantice el acceso democrático a los diferentes sectores de la sociedad.

[1] El Plan Nacional De Desarrollo amenaza la existencia de la universidad pública: El caso de la U. de Caldas. Publicado en Abril de 2007 en el periódico “a la Palestra” de la OCE-CALDAS

[2] Sobre la constitucionalidad de estas medidas es importante ver el análisis del profesor Leopoldo Munera de la Universidad Nacional. ”Educación Superior y Plan Nacional de Desarrollo. ¿Ley de Leyes? ” disponible en http://www.colectivodeabogados.org.

[3] El neopactismo. Leopoldo Múnera Ruiz. Profesor Asociado, Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y
Sociales, Universidad Nacional de Colombia, en http://actualidadcolombiana.org.

[4] Ibidem

[5] Carta abierta al rector de la Universidad Nacional, Moisés Wasserman, suscrita por el MD Juan J. Yunis L, Profesor titular y representante profesoral ante el Consejo de Sede-Bogotá. Junio 23 de 2007

[6] Centro de Investigaciones para el Desarrollo, CID., 2007. Un Indicador del superávit requerido para atender el pasivopPensional de la Universidad Nacional de Colombia, Universidad Nacional, CID, Bogotá.. Disponible en http://www.unal.edu.co/secretaria/PND/

[7] El artículo 131 de la Ley 100 de 1993 haciendo referencia a la fecha de corte plantea: “Cada una de las instituciones de educación superior oficiales, del nivel territorial, departamental, distrital, municipal, constituirá un fondo para el pago del pasivo pensional contraído a la fecha en la cual esta Ley entre en vigencia” La ley 100 de 1993 entró en vigencia el 23 de diciembre de 1993.

[8] Ver Comunicado No. 014 de Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia. Información sobre el saneamiento del pasivo pensional de la Universidad y otros temas. Julio 06 de 2007. Entre otras cosas se planteaba por parte de las directivas, para justificar una posible concurrencia: “(…) la Universidad nunca tendría que desembolsar dinero de su presupuesto, no afectaría sus funciones misionales, y su estabilidad financiera quedaría plenamente asegurada”

[9] Carta del rector de la Universidad Nacional, Moisés Wasserman, al Presidente y a los Ministros de Hacienda y Educación, del 4 de diciembre de 2007.

[10] Documento "Dudas razonables y razonadas' del profesor Federico Demmer Colmenares de la Facultad de Artes. Noviembre 23 de 2007. Disponible en http://www.unal.edu.co/secretaria/PNDART38.html